El propósito del presente artículo es explorar, en base al principio de legalidad, las competencias de la autoridad concursal del Indecopi, es decir, la Comisión de Procedimientos Concursales, tomando en cuenta la experiencia legislativa de otros órganos resolutivos de dicha entidad, a fin de esbozar una propuesta de modificación de la Ley General del Sistema